“EL PRINCIPIO DE INTERDICCIÓN DE LA ARBITRARIEDAD: ¿UN ARGUMENTO FUERTE A FAVOR DE LA JUSTIFICACIÓN DE LAS DECISIONES JUDICIALES?”


Hoy en día vivimos en el marco del Estado Constitucional, paradigma del constitucionalismo que exige una nueva concepción de la jurisdicción, ya que la Constitución ha encargado a sus jueces la defensa de los valores y principios allí recogidas, asimismo a dejado en manos de los jueces la defensa de los derechos fundamentales. Es debido a ello, que en estos tiempos cualquier decisión –en especial la judicial- para no ser arbitraria tiene que estar debidamente justificada [entiéndase motivada], empero la motivación no puede agotarse en el dato normativo [enumeración y/o transcripción] o en la descripción de los hechos, sino que han de ofrecerse razones [interpretación de la normas, subsunción normativa de los hechos, elección adecuada de las normas aplicables, apreciación conjunta de los medios probatorios]. 

En otras palabras, las decisiones judiciales deben de poseer una motivación justificativa, esto es, no se debe explicar la decisión, sino justificarla en base razones objetivas: principios, valores, normas, hechos y medios probatorios; y ello es así debido a que el término motivación en el derecho posee un doble significado, por un lado está referido a los motivos que llevan al juez a decidirse por una decisión y no otra; mientras que por la otra acepción motivación viene a ser la expresión de la razones objetivas que justifican la decisión adoptada. Ello quiere decir, que la decisión no ha de basarse en la aplicación mecánica de la ley, ya que cuando decimos que una norma es aplicable, decimos que su aplicación está justificada...para seguir leyendo (PRESIONE AQUÍ).

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