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¿LAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS DEBEN SER CONGRUENTES?

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1.- Imaginemos un caso hipotético: cierto día Ticio decide pedir a su empleador –una institución pública- que se le otorgue licencia a cuenta de vacaciones por el periodo de quince días. Al responder la petición de Ticio su empleador le concede licencia por diecinueve días, es decir, más allá de lo peticionado por Ticio . En este contexto, resulta pertinente preguntarnos: ¿ las decisiones administrativas deben ser congruentes ? En lo que sigue intentaremos dar una respuesta a esta interrogante. 2.- El Tribunal Constitucional en la STC núm. 0090-2004-AA “ caso Juan Carlos Callegari Herazo ”, ha dicho que las decisiones administrativas –los correlativos, por ejemplo- son decisiones jurídicas, cuya validez corresponde a su concordancia con el ordenamiento jurídico. De modo que, tales decisiones, incluso cuando la ley las configure como “discrecionales”, no pueden ser “arbitrarias”, por cuanto son sucesivamente “jurídicas” y, por lo tanto, sometidas a las denominadas reglas