“ÁNGELES O DEMONIOS”: de ser la última esperanza a ser la más terrible decepción.

Por Jim L. Ramírez Figueroa Como sabemos, la función jurisdiccional consiste en juzgar y hacer ejecutar los juzgado mediante la potestad de administrar justicia (artículo 138º de la Constitución). Esta potestad que recae sobre cada uno de los jueces de nuestro país implica el ejercicio de un poder delegado, es decir, una autorización de los ciudadanos de nuestras nación para que en su nombre los jueces juzguen y ejecuten lo juzgado. Ahora bien, justicia –como dice Piero Calamandrei- es comprensión, esto es, considerar a la vez, y armonizarlos, los intereses opuestos: la sociedad de hoy y las esperanzas del mañana, las razones de quien la defiende y las de quien la acusa. Para lograr este cometido, nuestros delegantes, ósea el pueblo, han limitado el ejercicio de esta función al respeto de la Constitución y la Ley. A pesar de que los jueces ejercen un poder, el poder administrar justicia, no son elegidos por voto popular, como si lo son, por ejemplo, el Presidente ...